Consulta pública sobre la elaboración de un Decreto para la creación y regulación de la Red de Municipios Sostenibles de Castilla-La Mancha

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, se establece que, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma....Leer más

De conformidad con lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con el objetivo de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, se establece que, con carácter previo a la elaboración del proyecto de norma, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.
 
Asimismo, en el apartado primero del punto tercero del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de febrero de 2017, por el que se adoptan medidas para habilitar la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración normativa a través del Portal de Transparencia de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, se establece que el órgano competente del impulso del procedimiento de elaboración de la disposición normativa será el responsable de determinar el contenido de la consulta pública previa, en el que, como mínimo, deberán figurar los siguientes extremos:
 
a) Antecedentes de la norma (breve referencia a los antecedentes normativos).
b) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa de la nueva norma.
c) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
d) Objetivos de la norma.
e) Posibles soluciones alternativas, regulatorias y no regulatorias.
 
Por todo lo anteriormente expuesto y para conseguir los objetivos previstos se formula esta consulta pública para que quienes estén interesados puedan exponer sus propuestas y aportar sugerencias. Las sugerencias y propuestas que se quieran aportar se dirigirán a la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, a través del correo electrónico habilitado y en cualquiera de los lugares descritos en el artículo 16.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
 
Las aportaciones se podrán realizar en la dirección de correo electrónico dg2030yconsumo@jccm.es desde el día 25 de junio hasta el 15 de julio de 2020.
 
 Se ruega que en los correos que remitan, a estos efectos, indiquen, de forma clara, en el campo de “asunto”, que éstos se realizan en el marco de este trámite de consulta pública sobre la elaboración de un decreto que regule la red de municipios sostenibles de Castilla- La Mancha.
 

  1. Antecedentes de la norma

 
La publicación el pasado 23 de diciembre de 2019 del Decreto 276/2019, de 17 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 87/2019, de 16 de julio, por el que se establecen la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Desarrollo Sostenible, en su artículo 11 sobre competencias de la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, en su apartado e) señala:
La coordinación, apoyo y fomento de instrumentos de sostenibilidad a nivel local y, en particular, las actuaciones dirigidas a la implementación y transición de la Agenda 21 Local, la Agenda 21 Escolar y la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles, a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
 
2.- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
 
Considerando que la red que se pretende regular se crea en el ámbito de la Agenda 2030 y que lo hace a partir de la preexistente Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles de Castilla- La Mancha, cuyo marco de actuación se venía desarrollando en el marco de la Agenda 21 medioambiental, se hace necesario una iniciativa normativa que permita una transición ordenada del instrumento objeto de cuestión a un contexto más amplio como es el del desarrollo sostenible, en sus dimensiones económica, ambiental y social, que contribuya a la consecución de los objetivos y metas previstos en la referida Agenda 2030.
 
En dicha iniciativa se deberán incluir contenidos relativos, entre otros, a la composición, objetivos y funciones de la Red de Municipios Sostenibles de Castilla- La Mancha.
 
3.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.
 
La Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD), celebrada en Río de Janeiro en junio de 1992(Cumbre de la Tierra), en su Programa Global para el Desarrollo Sostenible en el siglo XXI (Programa 21) hizo un llamamiento a las autoridades locales para que elaborasen la Agenda 21 Local.
 
La Primera Conferencia Europea de Ciudades Sostenibles, celebrada en Aalborg en 1994, creaba la Campaña de Ciudades Europeas Sostenibles, en la que participó la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles de Castilla-La Mancha como heredera de la Red de Ciudades Saludables, impulsa a nivel local las recomendaciones internacionales sobre políticas de desarrollo sostenible.
 
La Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles de Castilla-La Mancha en 2012 incluye más de 800 municipios de los 919 de la región y un 94,3 % de la población.
 
La implantación y gestión de la Agenda 21 Local en los ayuntamientos de la región se hace a través de la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles de Castilla-La Mancha, resultante de la fusión en febrero del año 2004 entre la Red de Ciudades Saludables, que gestionaba la Consejería de Sanidad y la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles que gestionaba la Federación de Municipios y Provincias de Castilla La Mancha.
 
El Decreto 56 /2019, de 7 de julio, ha establecido una nueva estructura de la Administración Regional. Según se dispone en el artículo primero del citado decreto, la Consejería de Desarrollo Sostenible es una de las nuevas Consejerías de la Administración Regional de Castilla-La Mancha. Entre los nuevos órganos que queda estructurada esta Consejería figura la Dirección General de Agenda 2030 y Consumo, una de cuyas competencias es la coordinación, apoyo y fomento de instrumentos de sostenibilidad a nivel local y, en particular, las actuaciones dirigidas a la implementación y transición de la Agenda 21 Local, la Agenda 21 Escolar y la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles, a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).
 
4.- Objetivos de la norma.
 
La norma debe facilitar la transición de las Agendas 21 Local, Escolar y Urbana a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), así como la recuperación de la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles en este nuevo entorno, como Red de Municipios Sostenibles de Castilla- La Mancha (en adelante, la Red).
 
En consecuencia, las áreas sectoriales de actuación deberán estructurarse dentro de alguno de los 17 objetivos de desarrollo sostenible y 169 metas fijadas por la Agenda 2030, lo que supone contemplar los factores económicos y sociales, además de los medioambientales.
 
La norma debería regular los eventos y jornadas a celebrar entre los miembros de la Red, con objeto de:
-         Definir, articular e integrar modelos y estrategias para el desarrollo sostenible.
-         Informar y sensibilizar sobre el desarrollo de la Agenda 2030.
-         Difundir y generar espacios de buenas prácticas.
-         Representar al conjunto de instituciones.
-         Cooperar con otras redes nacionales e internacionales.
 
Asimismo, en la norma quedarán definidas las funciones de cada uno de los miembros de la Red, así como su régimen de funcionamiento. Por otra parte, se podrán incluir en la norma iniciativas para la difusión de buenas prácticas y también en relación a la convocatoria de premios para el reconocimiento de méritos en este ámbito de actuación.
 
Finalmente, mediante Orden se aprobará una imagen gráfica que identifique a la Red de Municipios Sostenibles de Castilla-La Mancha.
 
La creación de esta red no supondrá para la administración regional coste adicional alguno, en la medida que los objetivos previstos pueden alcanzarse con los recursos personales y materiales con los que cuenta esta Consejería.
 
5.-Posibles soluciones alternativa regulatoria y no regulatoria.
 
No existen soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias, por lo que considera conveniente el desarrollo normativo por el Consejo de Gobierno para cumplir el mandato de coordinación apoyo y fomento de instrumentos de sostenibilidad a nivel local y, en particular, las actuaciones dirigidas a la implementación y transición de la Agenda 21 Local, la Agenda 21 Escolar y la Red de Ciudades y Pueblos Sostenibles, a la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), tal como señala el precitado decreto que establece la estructura orgánica y las competencias de los distintos órganos de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

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